El largo y costoso camino del divorcio en España.
Los españoles cada vez nos divorciamos menos. Lo revelan las cifras. Según el último informe publicado por el Consejo General del Poder Judicial, relativo al último trimestre del pasado 2015, este tipo de ruptura ha disminuido en un 7’4 en relación al mismo periodo del mes anterior. Las causas de esta mejora estadística son, según el propio CGPJ, los procedimientos de modificación en las medidas de guardia, custodia y alimentos de los hijos. O lo que es lo mismo, el grave coste económico que, en general, supone el mantenimiento de dos hogares y de una pensión alimenticia para los hijos del matrimonio.
Lo cierto es al coste al nivel emocional y psicológico que supone la ruptura debemos añadirle el económico, una cuestión nada baladí en tiempos en los que existen un millón y medio de familias en las que todos sus miembros están en paro, según datos de la última EPA (Encuesta de Población Activa). Lo explica la directora jurídica de Le Me Morne Brabant Valencia, Marian Reyes, con quien hemos elaborado un listado de aspectos a tener cuenta antes de tomar la decisión de solicitar el divorcio.
1) Los gastos del proceso, para empezar: de entre 1.500 €-1.800 €, si se trata de un proceso contencioso, o, en su defecto, un mutuo acuerdo que oscila entre 800€-1.000 €, en función de si se liquida o no la sociedad de gananciales.
2) Cada uno habrá de sufragar sus gastos propios, y contribuir por mitad al sostenimiento de los gastos comunes que se generen por los bienes gananciales, es decir, hipoteca y todos aquellos gastos inherentes a la propiedad de los bienes que componen la sociedad de gananciales.
Esto en cuanto a la hipoteca y los bienes gananciales, sin tener en cuenta las sentencia judicial relativa a las pensiones susceptibles de ser pagadas en relación al mantenimiento de los hijos. El juez decidirá en qué cantidad, plazos y a quién corresponde abondar las siguientes pensiones:
3) La pensión de alimentos, que se establece a favor de los menores, ya que sus progenitores deberán de contribuir al mantenimiento de los mismos hasta que sean independientes económicamente.
4) La llamada pensión compensatoria, que obedece a paliar el desequilibrio que supone para uno de los cónyuges la disolución del matrimonio, bien sea por que carece de ingresos o bien, porque sus ingresos sean notablemente inferiores a los de su ex cónyuge.
La abogada explica también que quienes hayan pasado ya por esta fase, la del juicio, con su correspondiente sentencia, tendrán también sus obligaciones y derechos relativos a la misma con la hacienda pública.
5) En la declaración de la renta se habrá de reflejar, en ambos casos, el abono o recepción de dicha pensión. A una parte le supondrá una bonificación y a otra incremento de sus ingresos, si los tuviera.
En cambio, para quienes se encuentren en la situación contraria, esto es, al principio del largo camino en el que uno o ambos miembros de la pareja se plantean el divorcio, desde Le Morne Brabant se aconseja la consulta legal desde el primer momento.
6) No importa que la relación entre ambos sea buena. Es mejor estar informado desde el inicio y contar con apoyo. El divorcio es un proceso muy doloroso en muchas ocasiones y hay que estar bien informado de derechos y obligaciones por si esa buena relación se trunca y, sobre todo , por el bien de los hijos en caso de haberlos. Se evitarán conflictos innecesarios y se orientará en el camino pertinente.
7) En caso de hijos, la responsable jurídica de la firma en Valencia considera la custodia compartida como la solución jurídica óptima para ellos ( siempre con excepciones, dependiendo de cada caso).
Por su bienestar psicológico, asegura, ya que no deben verse alejados del contacto de cada uno de sus progenitores, pese a la ruptura matrimonial. En casos extremos, donde el conflicto conlleve a situaciones insostenibles para ellos, serán los propios especialistas quienes aconsejarán una custodia monoparental.
A pesar de que nos encontramos ante una situación que a veces modifica la estabilidad de los menores y/o puede generar episodios de violencia física o verbal entre los demandantes, el divorcio es lento.
8) Por desgracia, como es habitual, señala Marian Reyes, el tiempo que se tarde en obtener la sentencia depende del partido judicial donde recaiga el procedimiento. En Valencia capital, por ejemplo es muy rápido y eficaz (entre 6 y 9 meses los contenciosos, una semana las ratificaciones de mutuo acuerdo),y el resto de partidos judiciales limítrofes, en su gran mayoría, ante el colapso judicial horriblemente lentos (entre 1 y 2 años los contenciosos, y mínimo un mes los de mutuo acuerdo).
9) Si durante ese tiempo se producen situaciones no deseadas, desde el despacho de abogados nos recuerdan que existen medidas reguladoras de la convivencia, desde medidas cautelares urgentes, hasta solicitar el auxilio al Juzgado de Violencia sobre la Mujer si hablamos de problemas más graves.
Por último, para poner el punto y final, debes obtener no sólo el divorcio, sino el convenio regulador del mismo.
10) La sentencia es una resolución dictada por un juez, bien aprobando un convenio regulador elaborado y suscrito por las partes, bien resolviendo un procedimiento contencioso por no existir acuerdo.
El convenio regulador se elabora para plasmar los acuerdos alcanzados por las partes, y deberá ratificarse en presencia judicial.